Para que el personal de enfermería sea reconocido como prescriptor no será necesaria ninguna formación adicional, pues el Grado en Enfermería ya incluye contenidos específicos en este sentido.
La Mesa de la Profesión Enfermera – compuesta por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería SATSE – y el Foro de la Profesión Médica han alcanzado un acuerdopara que los profesionales de la enfermería puedan prescribir determinados medicamentos.
La Mesa de la Profesión Enfermera – compuesta por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería SATSE – y el Foro de la Profesión Médica han alcanzado un acuerdopara que los profesionales de la enfermería puedan prescribir determinados medicamentos.
En presencia de la ministra de Sanidad del Gobierno de España, Dolors Montserrat, los representantes de las dos profesiones sanitarias más numerosas del sistema sanitario, enfermeros y médicos, han rubricado un documento de consenso que recoge el redactado a incluir en un nuevo Real Decreto que modifique el actualmente vigente, aprobado hace dos años y que imposibilitaba a los profesionales de enfermería el manejo de determinados medicamentos que utilizan de forma cotidiana.
En virtud de las modificaciones consensuadas este martes, y una vez que sea publicado un nuevo Real Decreto en el BOE, los enfermeros podrán indicar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica en base a protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que serán acordados en la Comisión que a tal efecto se pondrá en marcha.
En esta Comisión estarán representados el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las comunidades autónomas, las mutualidades de funcionarios, el Ministerio de Defensa y los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de Enfermeros y de Médicos.
Para que el personal de enfermería sea reconocido como prescriptor no será necesaria ninguna formación adicional, pues el Grado en Enfermería ya incluye contenidos específicos en este sentido. Una circunstancia que es igualmente aplicable a los profesionales que tengan la titulación anterior, la de diplomado, puesto que la legislación vigente ya establece la equivalencia de ambas titulaciones con plenos efectos profesionales y académicos.