¿Cuántos trabajadores debe tener una empresa para contar con médico y enfermero ocupacional?

De acuerdo a la legislación sobre la materia, la presencia del médico y enfermero ocupacional para la vigilancia de la salud de los trabajadores en las empresas y/o ambientes de trabajo, determina su tiempo en la empresa en función a la cantidad de trabajadores.

En Argentina les dejo el link, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/44095/norma.htm

Así, las empresas con más de 500 trabajadores, deben garantizar la permanencia del médico ocupacional mínimamente por 6 horas diarias por 5 días a la semana.

En tanto, aquellas empresas con 500 o menos trabajadores, el desarrollo de la actividad de vigilancia de salud estará a cargo del médico ocupacional, sin la exigencia de un mínimo de horas presenciales.

Documentación

Además se establece que los servicios médicos deberán contar con un Plan Anual de Salud Ocupacional; y Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores.

Se precisa que el cumplimiento de los documentos señalados es responsabilidad del empleador sin la exigencia de un mínimo de horas presenciales del médico ocupacional.

Sin embargo, están exceptuadas las empresas que realizan actividades consideradas de alto riesgo quienes deberán cumplir con los estándares mínimos de sus respectivos sectores, establecidos en coordinación con el Ministerio de Salud.

Las actividades de vigilancia de la salud de los trabajadores que debe realizar el médico ocupacional incluye a las contratistas, empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores, que realicen actividades conjuntas en la empresa y/o ambiente de trabajo.

Fuente: Gestión

Deja un comentario