Prescripción enfermería: es ilegal excluir a sindicatos de las negociaciones

El Tribunal Supremo específica desestima un recurso presentado por Extremadura contra el RD de 2015

El Tribunal Supremo sigue resolviendo los recursos presentados por las Comunidad Autónomas contra el Real Decreto de Prescripción Enfermera de 2015, y que ya fue suspendido y sustituido en 2018 con la entrada vigor de la nueva norma.

En este caso, ha desestimado el recurso presentado por la Junta de Extremadura, con una novedad a destacar. Según el Alto Tribunal, las comunidades autónomas están deslegitimadas para abordar cuestiones sindicales relacionadas con la prescripción enfermera.

Así lo señala la sentencia en su fundamento séptimo, donde subraya que “la Comunidad Autónoma carece de legitimación para aducir falta de negociación con los sindicatos por afectar a las condiciones de trabajo y a la condición de profesión titulada, ya que ni la Comunidad Autónoma es competente para defender las condiciones de trabajo que defienden los sindicatos ni ostenta competencias sobre la determinación de la profesión titulada”.

Del mismo modo, prosigue la sentencia, “acontece la nulidad de la disposición adicional segunda relativa al régimen aplicable a los enfermeros de las Fuerzas Armadas que la norma remite, en lo que atañe a su actividad profesional, a su normativa específica”.

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