Enfermería reclama a Interior «mover ficha» ya con la sanidad penitenciaria

Enfermería reclama a Interior «mover ficha» ya con la sanidad penitenciaria

Santiago Feliu No Comments

El sindicato critica la falta de apoyo del Gobierno a las enfermeras que trabajan en las cárceles españolas

El sindicato de Enfermería, Satse, ha criticado la «falta de voluntad» del Gobierno por llegar a un acuerdo para mejorar las condiciones laborales de los profesionales que trabajan en los centros penitenciarios españoles, como lo son los enfermeros, y para propiciar el «traspaso de la sanidad penitenciaria a las comunidades autónomas».

Satse ha manifestado públicamente su apoyo a las reivindicaciones de losprofesionales de Enfermería que trabajan en los centros penitenciarios de España, los cuales estudian nuevas acciones de protesta y movilizacióndespués de que el Gobierno no haya dado una respuesta satisfactoria a sus planteamientos de mejoras laborales.

De igual manera, la organización sindical ha lamentado que el Ministerio del Interior siga sin “mover ficha” para posibilitar el traspaso de los servicios sanitarios dependientes de Instituciones Penitenciarias a los gobiernos autonómicos, después de 14 años de esperas y “promesas incumplidas”.

Al respecto, recuerda que el presidente del sindicato, Manuel Cascos, se dirigió el pasado mes de octubre por carta al ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, para pedirle que impulsase el proceso de traspaso de la sanidad penitenciaria sin que hasta la fecha se haya obtenido respuesta.


Mismos derechos

“Seguimos esperando que desde el Ejecutivo de Pedro Sánchez se cumpla el compromiso adquirido cuando su partido se encontraba en la oposición y dé solución a los problemas a los que se enfrentan los enfermeros y enfermeras, junto a otros profesionales, y las cerca de 60.000 personas que se encuentran privadas de libertad en nuestro país”, apuntan desde Satse.


«Corresponde una equiparación salarial y laboral»

El sindicato no entiende porqué los profesionales sanitarios que trabajan en los centros penitenciarios de nuestro país, entre ellos, cientos de enfermeras y enfermeros, no tienen las mismas condiciones laborales que sus compañeros y compañeros dependientes de los servicios autonómicos de salud. Por ello, Satse defiende que, una vez sea transferido el personal a las comunidades autónomas, éste se convierta en personal estatutario del servicio de salud correspondiente, con la consiguiente equiparación salarial y laboral.

“Es absolutamente ilógico y discriminatorio que profesionales que desempeñan la misma labor en función de una misma formación y competencias tengan condiciones laborales distintas por el mero hecho de pertenecer orgánicamente a una administración pública u otra”, aseguran desde la organización sindical.

Salvo en las comunidades autónomas de Euskadi y Cataluña, las enfermeras y enfermeros, así como el resto de profesionales sanitarios, que trabajan en los centros penitenciarios españoles, siguen dependiendo del Gobierno estatal, concretamente del Ministerio del Interior.

Enfermería pedirá a Interior mejorar las condiciones laborales en prisiones

Santiago Feliu No Comments

Denuncian que las profesionales que ejercen en las cárceles españolas tienen condiciones laborales «al margen de la ley»

El Consejo General de Enfermería (CGE) se ha reunido con representantes de la enfermería de Instituciones Penitenciarias para conocer de cerca cuál es la situación a la que se enfrentan en su día a día y apoyarles en sus reivindicaciones.

Así, tras el encuentro, la Organización Colegial se ha comprometido a trabajar conjuntamente para que las instituciones conozcan la realidad por la que están pasando actualmente más de 500 profesionales en toda España. Sobrecarga de trabajo, realización de funciones que los dejan al margen de la ley, turnos que impiden la conciliación y condiciones laborales precarias son sólo algunos de los problemas que viven diariamente.

“El problema principal que se nos presenta es la jubilación masiva de los médicos. Nosotros quedamos en un terreno donde estamos muy desprotegidos porque trabajar sin médico implica que en algunas situaciones estamos vendidos. No tenemos respaldo, las órdenes a veces son telefónicas y las guardias son localizadas, entonces nos toca decidir si el interno sale o no del centro para ir al hospital y decidir, a veces, si hay que administrar algo de medicación o no”, ha explicado Sofía Casado, enfermera en el centro penitenciario Madrid VI (Aranjuez). Ella, tras el encuentro, ha recalcado que los enfermeros tienen los conocimientos para realizar ese tipo de actuaciones, pero la ley no los ampara y los deja desprotegidos.


La profesión se lamenta: «Solo nos falta hacer de carpinteros o fontaneros»

Su compañero, Jesús Marín, enfermero del Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla, ha puntualizado que ellos lo que quieren es trabajar de una forma digna. “No queremos que se nos obligue a hacer cosas que no debemos hacer. La reducción de médicos nos lleva a una situación en la que tenemos que hacer de médicos, farmacéuticos, auxiliares de enfermería. Sólo nos falta hacer de carpinteros o fontaneros”, ha subrayado, incidiendo en que “yo estudié enfermería por vocación y porque quería trabajar de ello”.

Desde el CGE, el secretario general de la institución, Diego Ayuso, ha manifestado su total apoyo a estos compañeros y ha asegurado que informarán al Ministerio del Interior sobre lo que está aconteciendo en los últimos tiempos en los centros penitenciarios. “Para nosotros todas las enfermeras y enfermeros de España son iguales y, sin duda, ellos están haciendo una labor muy importante y tienen que tener el mismo protagonismo que los de Hospitalaria o Atención Primaria», ha recordado Ayuso.


Actualizar el reglamento

Otra de las principales reivindicaciones que han puesto sobre la mesa es la actualización de sus funciones. Tal y como ellos han destacado, “tienen unas competencias obsoletas que datan de 1981”. “Hemos creado una mesa de trabajo con el Consejo General para definir las competencias de los enfermeros de Instituciones Penitenciarias”, ha aseverado Jesús Marín. Por su parte, Ayuso ha respaldado esta medida y ha destacado que “estamos hablando de un reglamento del año 81 y queremos ayudarles a hacer uno actualizado y propio para regular bien el campo de actuación que tienen estos enfermeros”. Asimismo, Ayuso ha explicado que desde el CGE se pondrán en contacto con Interior a nivel político “para reclamar que se haga efectivo esa actualización del reglamento de funcionamiento de las enfermeras en este ámbito”.


«Nos sentimos abandonados. Estamos dejando morir la sanidad penitenciaria»

Para Sofía Casado, lo que ocurre con la enfermería de Instituciones Penitenciarias es que no tiene visibilidad. “Nos gustaría ser profesionales como los que trabajan en otros lugares, no sólo a nivel de funciones, sino de infraestructuras, de dotación de material, de efectivos y de equiparación salarial. Creo que vamos siempre con bastantes años por detrás del resto de enfermeros y tenemos que hacer un esfuerzo enorme por estar formados y al día”, ha comentado Casado.

El grupo de enfermeros ha reconocido que sienten que tienen un vacío enorme donde nadie se preocupa por ellos. “Nuestro sentimiento es de abandono, que las instituciones han dedicado mucho esfuerzo en crear esta sanidad penitenciaria que es puntera para ahora dejarnos morir”, ha criticado la enfermera, añadiendo que “es un error que nos dejen morir porque nosotros abordamos en los centros penitenciarios enfermedades importantísimas, que tienen mucha trascendencia para la sociedad”.

«Enfermería tiene la capacidad legal para gestionar equipos de AP»

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Floretino Pérez Raya recuerda que la profesión enfermera tiene reconocidas las competencias gestoras desde 1987

El presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez Raya, ha explicado que el posicionamiento de los médicos de Coruña en el que cuestionan que Enfermería esté al mismo nivel en la estructura de Primaria es “absolutamente contrario a la realidad sanitaria y más propio de tiempos preconstitucionales”. “La profesión enfermera tiene las capacidades y el reconocimiento legal para poder gestionar equipos de Atención Primaria”, ha dicho.

Para el presidente del Consejo, “no tiene sentido un comunicado por parte de la profesión médica manifestando la preocupación porque la Dirección de Enfermería se iguale en valor a la Dirección Médica. Ya hay multitud de enfermeras dirigiendo y gestionando centros sanitarios y esta ley gallega es el ejemplo de que las instituciones respaldan la capacidad de nuestros profesionales de asumir más funciones en gestión sanitaria”.

Asimismo, ha añadido que los gestores enfermeros deben estar al mismo nivel que los gestores médicos, “lo vienen haciendo desde el Real Decreto 521 de 15 de abril de 1987 y han demostrado durante los últimos 32 años su competencia, eficiencia y eficacia en la gestión sanitaria en España, tanto en atención hospitalaria como en Atención Primaria,  por ello la Consellería de Sanidade con muy buen criterio ha dado luz verde a la Dirección de Enfermería al mismo nivel que la Dirección Médica en Atención Primaria”.

“Si algo funciona bien no debe cambiar, y los problemas asistenciales de atención primaria no se deben a un problema organizativo o de gestión, se debe a un problema de recursos y respuesta a la demanda asistencial, que hay que solucionar tomando otro tipo de decisiones”, ha apuntado.

Pérez raya ha indicado que “hay que coordinarse”, ya que, a su juicio, “es clave trabajar en equipo con un enfoque multidisciplinar y potenciar la comunicación interna entre profesionales, pero para alcanzar esto no es necesario ni tolerable que los gestores enfermeros dependan de otros profesionales sean médicos o de cualquier otra profesión, ya que esto no aporta ningún valor añadido a la gestión sanitaria”

Por tanto, comparte el planteamiento de que Enfermería amplíe nuevos roles en Atención Primaria, siempre que vaya “acompañado de un análisis de los ratios de enfermeras por población y ajustarlos para dar mayor calidad asistencial”.

«Enfermería es una profesión autónoma y no depende de una dirección médica»

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Las reformas de Atención Primaria han abierto un debate sobre el rol del colectivo enfermero

Los proyectos de reforma de la Atención Primaria están abriendo debates más allá del horario de las consultas o el número de pacientes que se pueden atender en un día. En Galicia, por ejemplo, colectivos médicos han propuesto crear una Dirección médica en la que queden subordinados los profesionales de Enfermería que ha generado rechazo entre los profesionales sanitarios.

Así, en relación a los grupos de trabajo constituidos por el Sergas tras la dimisión de los jefes de servicio de Atención Primaria en Vigo, desde el Sindicato de Enfermería (Satse) en Galicia han recordado que los profesionales de Enfermería no son subordinados de ningún otro colectivo y que “Enfermería es una profesión autónoma con capacidad de gestión y decisión propia”.

Precisamente han señalado que Enfermería “trabaja coordinada con Medicina en equipos multiciplinares”, por lo que les han sorprendido “las declaraciones en prensa de algunos colectivos médicos que pretenden dejar a nuestras/os enfermeras/os subordinadas/os o bajo el mando de una futura dirección médica”.


«La coordinación entre dos direcciones es posible, además de necesaria»

Desde Satse explican la importancia que tiene la coordinación de Enfermería con el resto de equiposque trabajan en Atención Primaria, pero advierten que “eso no implica que nuestras/os profesionales se queden bajo el mando de ningún otro colectivo”. «La coordinación entre dos direcciones es posible, además de necesaria”, señalan para zanjar la polémica.  


Disputas corporativas

Por todo ello, el sindicato no quiere “entrar en disputas corporativas” y hace un reivindicación de su labor, a la par que solicitan a la Consellería más medios para seguir llevando a cabo su trabajo. “Con respeto a los supuestos nuevos roles de los profesionales de Enfermería en Atención Primaria”, tales como «la prevención o la educación para la salud”, recuerdan que “no son nuevos” sino que forman parte de sus competencias, “aunque sin medios humanos difícilmente será posible llevarlas a cabo”.

Además, desde Satse han recriminado a Sanidade que no se cuente más con el colectivo enfermero a la hora de mejorar la Atención Primaria, otorgándoles “una dirección propia, autónoma por la cantidad de procesos y procedimientos que se desarrollan en el quehacer cotidiano” de sus profesionales.

Los pacientes de series de televisión mueren el triple que en la realidad

Santiago Feliu No Comments

En la ficción los pacientes van directos a quirófano, pasan menos de una semana hospitalizados y son más jóvenes

Un estudio realizado por investigadores estadounidenses, y publicado en la revista Trauma Surgery & Acute Care Open, ha avisado de que la serie de televisión ‘Anatomía de Grey’ puede distorsionar la realidad de la Traumatología, incluida la velocidad en la que los pacientes se recuperan tras una lesión grave.

Para alcanzar esta conclusión, los científicos compararon la imagen del trauma sufrido por 290 pacientes ficticios del Hospital estadounidense de Seattle Grace en las 12 primeras temporadas de la serie con los padecidos en la vida real por 4.812 pacientes recogideos en el National Program Sample de la base de datos de traumatismos (NTDB). 


«Tienden a basarse en enfermedades raras, presentaciones extrañas de enfermedades comunes o lesiones extrañas»

De esta forma, observaron que la tasa de mortalidad fue tres veces mayor en Anatomía de Grey que en la vida real (22 por ciento en comparación con 7 por ciento) y el 71 por ciento de los actores pasaron directamente de la atención de emergencia al quirófano, mientras que solo uno de cada cuatro (25 por ciento) de los pacientes reales lo hicieron.

Entre los supervivientes de la serie, solo alrededor de 1 de cada 20 (6 por ciento) fueron transferidos a un centro de atención a largo plazo, significativamente menor que la proporción de enfermos reales (22 por ciento). Además, entre los heridos graves, la mitad de los pacientes de ficción pasaron menos de una semana en el hospital, mientras que solo uno de cada cinco (20 por ciento) de los pacientes de la vida real lo hizo.

Respecto a la edad, los pacientes ficticios tenían una media de 34 años, mientras que en la realidad ronda los 41. Además, el 40 por ciento de los pacientes con traumatismo son mujeres, mientras que la cifra real habla del 30 por ciento. 

Buscando la excepción

«Los dramas médicos de la televisión estadounidense tienden a basarse en argumentos que presentan enfermedades raras, presentaciones extrañas de enfermedades comunes, lesiones fantásticas y extrañas, y eventos de víctimas en masa, todo enmarcado dentro de una representación ‘realista’ de un hospital estadounidense típico», han detallado los expertos.

Esto, prosiguen, puede provocar una visión «sesgada» de la realidad, especialmente en un momento en el que la satisfacción del paciente ahorra costes al sistema. «La divergencia entre las expectativas del paciente y la realidad puede contribuir a niveles más bajos de satisfacción», han zanjado.

Especialidades enfermeras: nuevo plan para acelerar la Médico-Quirúrgica

Santiago Feliu No Comments

El sindicato CCOO plantea partirla en una especialidad enfocada al paciente crítico y otra a los cuidados paliativos

En los últimos años se han ido convocando los exámenes de evaluación de competencia para las especialidades de Enfermería, pero poco se ha avanzado para las especialidades de Enfermería Familiar y Comunitaria y Enfermería de Cuidados Médicos-Quirúrgicos. Para esta última, el sindicato CCOO propone una subdivisión en dos especialidades que se adecúan más al día a día de los profesionales de Enfermería, una de las medidas contempladas en su decálogo para dar una respuesta global a los problemas de la sanidad española.

Tras la aprobación del Real Decreto de prescripción enfermera los profesionales reclamaron una serie de medidas a la ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo. Entre ellas, el sindicato de Enfermería (Satse) exigía el desarrollo efectivo y real de todas las especialidades enfermeras. En concreto, reclamaba «la celebración urgente de la prueba de evaluación de la competencia para la obtención del título de Especialista de Enfermería Familiar y Comunitaria por la vía excepcional, así como la aprobación del programa formativo de la Especialidad de Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos». 

«Proponemos cambiar la especialidad de Enfermería Médico-Quirúrgicapor dos especialidades: Enfermería Crítica y de Urgencias (el equivalente a la Clínica Avanzada) y Enfermería de Cuidados Paliativos e Infecciosos«, explica Antonio Cabrera, secretario general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Comisiones Obreras (CCOO).


Gran retraso

La reivindicación del sindicato llega en pleno revuelo entre los profesionales ante el anuncio del desarrollo del Real Decreto por el que se regula la Formación Sanitaria Especializada y que sustituye al fallido Real Decreto de Troncalidad 2016, anulado por el Tribunal Supremo.

“Desde que se aprobó el Real Decreto, la especialidad de Enfermería Médico-Qirúrgica sigue sin salir porque es que no tiene ninguna salida. Lo dijimos en su día, esa especialidad nacía muerta, como así ha sido. O le damos un impulso o no le vamos a dar una salida a todos los enfermeros especialistas que trabajan en ella», espeta Cabrera, que añade: «Nosotros hemos apostado por dos tipos, uno que va más relacionado con el paciente crítico y Urgencias; y otro con la especialidad de cuidados. Son las dos especialidades que nosotros creemos que se adecúan más al marco de la profesionalización de la Enfermería», especifica.

Además, defiende el representante de CCOO, esta nueva subdivisión no afectaría al desarrollo de la especialidad: «No retrasaría nada porque no se ha avanzado nada en este tema«. 

Especialistas en Familia y Comunitaria

El próximo mes de junio, si no vuelve a moverse la convocatoria, se celebrarán las pruebas para la especialidad de Familia y Comunitaria. Sin embargo, según adelantó Redacción Médica y confirmó el Ministerio de Ciencia, de los 40.000 expedientes que se están analizando para acreditar los méritos de los profesionales, 10.000 se quedarán fuera de la convocatoria.

Esto es así porque las horas realizadas por los enfermeros y enfermeras en los servicios de Urgencias de Atención Primaria no se están convalidando. Para acceder al título de especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria a través de la vía excepcional establecida en el Real Decreto 450/2005 se exige que el profesional haya trabajado un mínimo de cuatro años en las actividades propias de enfermería Familiar y Comunitaria. 

Gracia Álvarez,  secretaria de Salud, Servicios Sociosanitarios y Dependencia de FeSP-UGT, ya mostró su preocupación al respecto tras la última reunión de los sindicatos con el Ministerio de Sanidad: «Hay gente que lleva diez años trabajando en Primaria y no va a tener acceso a la vía extraordinaria y eso nos parece un problema porque va a haber gente damnificada».  

Satse también ha reivindicado el papel de estos profesionales, que deberían tener acceso a la prueba. «Las enfermeras y enfermeros que prestan sus servicios en las Urgencias de los centros de salud son profesionales que desempeñan, al igual que el resto de compañeros y compañeras, una labor fundamental e imprescindible en el ámbito de la Atención Primaria”, reivindica el sindicato, que entiende que se debería tener en cuenta su experiencia laboral en la acreditación en la vía excepcional. 

¿Es el feedback negativo un deporte de riesgo?

Santiago Feliu No Comments

A veces dar un feedback negativo puede alterar la estabilidad de un proyecto, la confianza de una persona, o, por contagio, el estado de ánimo de un equipo. Es por ello que nos lo pensamos dos veces a la hora de darlo. Además, seamos sinceros, es un mal trago que preferimos ahorrarnos.

Frente al feedback negativo suelen surgir dos saboteadores internos: el relativizador y el procrastinador. Intentaré no sacar este último en este post, y hablaremos de ellos a continuación.

feedback negativo

El relativizador trata de quitarle importancia a los hechos que sabe que debe comentar y deja pasar la ocasión. “No es para tanto”, “seguro que se da cuenta y cambia solo”, “si no lo vuelve a repetir no hay problema”, son algunos de los convincentes argumentos de este saboteador. Hacerle caso no suele ser efectivo, pocos conflictos se resuelven mirando hacia otro lado. Pocos es un eufemismo. La cifra exacta es ninguno.

El procrastinador no es mucho mejor. Hace tiempo escribía que el feedback hay que darlo rápido porque, como en la leyenda sobre el zumo de naranja, si no se hace así se le van las vitaminas . Cuando el peso de las sugerencias se basa en hechos lejanos en el tiempo, pierde efectividad, porque cada uno inconscientemente va adaptando sus recuerdos a conveniencia, es nuestro instinto de supervivencia.

Seamos claros, el feedback negativo hay que darlo. Si pasa por nuestra mente es porque de alguna manera es necesario.

¿Y si por solucionar un problema me creo otro mayor? La eterna duda. Aquí seré claro, incluso demasiado coloquial. La mierda que hay bajo a las alfombras siempre acaba por salir al exterior, así que cuanto antes aparezca, antes se podrá limpiar. Utilizando una frase mucho más sutil y elegante que aprendí la pasada semana en este post: Lo que no se resuelve, vuelve.

Teniendo claro que no podemos obviarlo, ¿cómo podemos hacer que este proceso sea más fácil, que no sea un mal trago? ¿Cómo hacer que el feedback negativo no sea un deporte de alto riesgo?

La respuesta es sencilla, pero necesita esfuerzo y constancia: teniendo una potente cultura de feedback en nuestra compañía.

Si el feedback no es algo que ocurre sólo de manera extraordinaria cuando es inevitable, si es algo que forma parte de nuestro día a día, estaremos más acostumbrados a lidiar con él, incluso a utilizarlo de manera natural para nuestro auto desarrollo.

No es casual que las metodologías ágiles que están tan en boga incorporen el feedback como un elemento indispensable en sus procesos. Reunirse semanalmente puede sonar a pérdida de tiempo cuando no hay mucho que comentar, pero estas reuniones no necesitan ser alargadas innecesariamente, y por el mero hecho de reunirnos estamos fomentando un hábito.Este hábito supondrá que cuando llegué la hora de dar un feedback negativo (o positivo) relevante no haya necesidad de obviarlo, ni de postergarlo… saldrá con naturalidad, porque tendrá su espacio natural donde ser dado y, mejor aún, recibido. El tiempo invertido en adquirir ese hábito cobrará todo el sentido.

Por supuesto la forma siempre hay que cuidarla (eso puede dar para otro post), pero el problema de encontrar el momento y el lugar adecuado, ya lo tendremos solucionado de antemano. Esto no nos garantiza que ese feedback negativo no vaya a tener impacto en la persona, el equipo o el proyecto, pero si nos asegura que es dado con naturalidad, que no es forzado ni extraordinario, y eso es un buen primer paso para empezar a construir, que es lo que se pretende. Porque el feedback, más allá de la etiqueta “negativo” que estamos utilizando en este post, debe ser siempre constructivo… o no es feedback.

La cultura de mejora continua que todos deseamos para nuestras empresas necesita de dialogo, intercambio de pareceres, consejos, y, por supuesto, aprendizajes. Y eso no se consigue si no se siembra el hábito del feedback.

 

feedback by ProSymbols from the Noun Project

Santiago Feliu No Comments

Piense por un momento en si usted ocuparía el mismo puesto de trabajo que tiene si se hubiera utilizado un algoritmo para contratarle. Piense sobre sus registros financieros, su expediente médico y sus amigos en las redes sociales. ¿Es usted miembro de algún sindicato? ¿Lleva una pulsera Fitbit para monitorizar su salud y actividad física? ¿Qué hábitos de compra tiene y qué hace en su tiempo libre? Entonces, pregúntese: ¿cómo afectaría todo esto a su vida laboral? ¿Le contratarían, despedirían, sancionarían o ascenderían?

Lo que parece una pregunta extraña es en realidad una cuestión sobre la que todos deberíamos reflexionar y ante la que deberíamos tomar medidas.

La ‘gestión mediante algoritmos’ se está extendiendo y cada vez se utilizan más datos de fuentes diferentes en los procesos relacionados con los recursos humanos. Por desgracia, existen en todo el mundo (excepto en Europa, en cierta medida) muy pocas normativas vigentes para protegernos del uso inadecuado de los datos personales de los trabajadores por parte de las empresas. Los sindicatos deben corregir esta deficiencia normativa e incluir el derecho a la protección de los datos de los trabajadores en el orden del día para que los gobiernos y directivos procedan con responsabilidad y rindan cuentas.

El reciente escándalo de Facebook y Cambridge Analytica demostró sobradamente el valor que tienen los datos (personales). Su importancia para la publicidad, la elaboración de perfiles y el marketing es tan grande que se compran y se venden todos los años por una cifra desconocida. En 2014 se calculó que el valor de los flujos de datos ascendió a 2,8 billones de dólares USD (2,5 billones de euros). Ahora compare esa impresionante cifra con el hecho de que tres años más tarde, en 2017, el Foro Económico Mundial calculó que el 90% de todos los datos de aquel entonces se habían generado a partir de 2015. Tan solo podemos imaginar a cuánto asciende el valor real de los actuales flujos de datos.

Todo el tiempo vamos dejando un rastro de datos detrás nuestro que abarcan desde nuestros perfiles en las redes sociales, likes y publicaciones, hasta las llamadas telefónicas a los servicios de atención al cliente, las visitas al médico, el uso del GPS o las retiradas de efectivo en el banco. Ya revelamos voluntariamente nuestros nombres y direcciones de correo eléctronico cuando nos conectamos a las zonas de acceso público y gratuito al Wi-Fi en cafeterías, aeropuertos o estaciones de tren y más o menos nos hemos acostumbrado tanto a los servicios digitales ‘gratuitos’ que casi nos molesta que una aplicación para móvil cueste dinero. La cuestión es que nada es gratis.

Lo que hemos estado haciendo, y seguimos haciendo, es revelar libre y a menudo voluntariamente nuestra ubicación, así como nuestros hábitos, actividades y opiniones. Es decir, estamos pagando con nuestros datos. Pero, ¿quién está comprando, leyendo, analizando y vendiendo estos datos?

La verdad es que no lo sabemos y, aunque queramos, no lo podemos saber. Insiders UNI se ha pronunciado para calcular que las grandes empresas de tecnología como Google, Amazon, Facebook, Apple, Microsoft y Alibaba son las propietarias de más del 70% de los datos combinados de todo el mundo. Dicha concentración de lo que constituye un bien tan preciado coloca a estas empresas en una posición inaceptable de poder económico, digital, social e incluso político.

Los trabajadores de todo el mundo cuentan con muy pocos o nulos derechos legales para solicitar información o influir sobre el uso de sus datos personales. Ya sabemos que existen los llamados “corredores de datos”, empresas que viven de comprar y vender datos. Sabemos que las empresas están extrayendo datos de los trabajadores. ¿Los venden después? Y en caso afirmativo, ¿a quiénes? ¿Quién llega a saber lo que dice nuestro expediente médico o lo productivos que somos según un algoritmo o una empresa? ¿Cómo están utilizando las empresas dichos datos (que al parecer son fácilmente accesibles para cualquiera que pueda permitirse pagarlos) para manejar a sus trabajadores?

Vigilancia, manipulación y control mediante algoritmos

Aunque hemos abierto los ojos un poco más tras las revelaciones sobre cómo se utilizaron datos para manipular y abordar a votantes (como en las elecciones estadounidenses y el Brexit), los políticos y expertos prestan muy poca atención al modo en que los datos se utilizan y pueden usarse de forma fraudulenta en el ámbito laboral. Se ha observado un brusco aumento del uso de los algoritmos, los datos personales y la inteligencia artificial en el ámbito de los recursos humanos y la planificación de la productividad. Cada vez están brotando más empresas que ofrecen soluciones de inteligencia artificial para reducir costes al tratar con la gente. Desde la selección autónoma de solicitantes y solicitudes de empleo y el uso de abundantes datos para medir la productividad, hasta los análisis para determinar el estado de ánimo de los empleados y los modos de averiguar automáticamente la motivación de una persona, entre otras muchas.

Aunque algunas de estas soluciones pueden tener efectos positivos, los riesgos para la intimidad de los trabajadores y el riesgo de que se nos evalúe en base a una norma digital son cuantiosos. ¿No van a ascender a un trabajador debido a su expediente médico? ¿No va a conseguir un puesto de trabajo porque es miembro de un sindicato o tiene amigos determinados o características personales que un algoritmo debe rechazar?

Todo esto puede sonar hipotético, pero por desgracia no lo es. En la UNI Global Union ya estamos viendo cómo estos sistemas autónomos están afectando negativamente a los trabajadores. Especialmente a aquellos empleados en lugares de trabajo no sindicalizados, donde no existen mecanismos de equilibrio compuestos por trabajadores organizados ni ningún modo de alcanzar acuerdos para rectificar las malas prácticas.

En uno de estos casos, los trabajadores de un banco empleados en un centro de atención al cliente están sometidos a un sistema que mide el tono de la voz y el estado de ánimo de los clientes y los trabajadores. Dicho sistema aconseja a los trabajadores sobre lo que deben decir, vender y hacer y les supervisa para que consigan hacer ‘lo correcto’. Para estos trabajadores no sindicalizados, el sistema ha sido catastrófico. La valoración estaba vinculada al rendimiento, pero el sistema no reconocía las voces femeninas con tanta precisión como las masculinas y degradaba los acentos de las minorías étnicas comparándolas con las de los hombres blancos. Aunque los trabajadores podían revisar las grabaciones con los directivos, rara vez se corregían los errores. Todo esto se incluía en la huella digital de cada trabajador y no solo les perjudicaba en su trabajo en la empresa, sino que también podía dificultarles la búsqueda de nuevos puestos de trabajo.

Existen muchos otros ejemplos: una empresa regaló a todos sus trabajadores una pulsera Fitbit para monitorizar su salud y actividad física con el supuesto objetivo de convertirse en una empresa saludable, pero luego utilizó los datos del GPS para advertir a un trabajador con sobrepeso, que al parecer no se movía mucho en su tiempo libre, de que se estaba convirtiendo en una carga para la compañía. También hay empleados de almacén a los que monitorean cualquier movimiento que realicen con las manos o los brazos para medir su eficacia en el embalaje de los productos, trabajadores del cuidado a los que regañan si dedican demasiado tiempo a un cliente y trabajadores a los que despiden porque lo dice un algoritmo.

La respuesta sindical

No cabe ninguna duda de que los sindicatos deben actuar ya. Tenemos que organizarnos, construir alianzas con gente afín y exigir una parte del acervo de datos. Asimismo debemos rectificar estas deficiencias normativas y exigir el derecho a la protección de los datos de los trabajadores. Y esto debe hacerse a todos los niveles: desde los convenios colectivos hasta las legislaciones y convenios nacionales e internacionales. Tenemos que movilizar a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a los gobiernos nacionales, a los interlocutores sociales y a las mismas empresas.

La UNI Global Union se está ocupando de estas cuestiones en todo el mundo. Estamos debatiendo sobre cómo nosotros, los sindicatos, podemos aprovechar la importancia de los conjuntos de datos y beneficiarnos de la información que ofrecen. Estamos alzando la voz contra la monopolización de la propiedad de datos y presionando para que los datos se conviertan en un bien común. Un bien público al que podamos acceder todos y todas. Una cosa es proteger nuestros derechos fundamentales y otra dar un paso más y exigir que la propiedad de los datos sea colectiva. Ambas son igual de importantes.

Asimismo, hemos elaborado dos documentos fundamentales: los Principales diez principios para la protección y la privacidad de los datos de los trabajadores y los Principales 10 principios relativos a la Inteligencia Artificial Ética. Ambos están interrelacionados y presentan las reivindicaciones esenciales que debemos fijar para evitar un futuro en el que se someta a los trabajadores a tomas de decisiones mediante algoritmos que estén fuera del control y del conocimiento humano.

Dichos principios abarcan los temas fundamentales del derecho al acceso, la influencia y la consulta. Básicamente establecen que los trabajadores deben:

■ ser informados antes del procesamiento de los datos; 
■ tener derecho a explicarse sobre los temas relacionados con la toma de decisiones mediante algoritmos; 
■ tener derecho a la portabilidad de datos (es decir, los trabajadores deben gozar de la libertad de llevarse sus datos con ellos cuando dejen una empresa); y 
■ tener derecho a cuestionar y oponerse al procesamiento de los datos.

Además, las empresas deben cumplir el principio de minimización de datos y, lo que es más importante, comprometerse a ser transparentes y responsables en el uso de los datos. Este último punto es crucial y no está incluido en el Reglamento general de protección de datos de la UE, lo cual resulta sorprendente.

Inteligencia artificial ética

El término ‘inteligencia artificial’ abarca en este contexto a todos los sistemas automatizados o semiautomatizados, incluida la toma de decisiones mediante algoritmos. Nuestros principios abarcan temas fundamentales como la transparencia, la responsabilidad y el control. Primero tenemos que exigir que los sistemas autónomos sean rastreables, es decir, que se puedan identificar los conjuntos de datos que se utilizaron en el algoritmo.

Con demasiada frecuencia escuchamos a los expertos en datos declarar que no se puede decodificar el algoritmo. Eso es totalmente inaceptable, pues supondría que ni la dirección ni los trabajadores pueden exigir saber en base a qué (datos) se ha desarrollado un resultado algorítmico.

Esto a su vez podría provocar una situación en la que la dirección, deliberada o involuntariamente, subordina su control y responsabilidad a un algoritmo con todos los riesgos y peligros que ello implicaría no solo para los trabajadores, sino también para la sociedad en su conjunto. Nunca tenemos que llegar a una situación en la que la dirección pueda simplemente encogerse de hombros y alegar que ‘el algoritmo me ordenó que le despidiera, pero no sé por qué’.

Los seres humanos deben controlar el sistema en todo momento y no al revés. Tampoco debemos aceptar nunca la idea de que los sistemas autónomos (robots, algoritmos) pueden considerarse responsables. Los robots son objetos; son productos y nunca hay que atribuirles responsabilidad jurídica.

Ahora no cabe ninguna duda de que hay que tomar medidas urgentemente. Los sindicatos de todo el mundo deben abordar estos asuntos fundamentales. Sencillamente no podemos confiar en que otros lo hagan. La tecnología digital se está desarrollando a una velocidad vertiginosa y nuestras exigencias éticas al respecto deben ser claras. No podemos arriesgarnos a que impidan a la gente trabajar o prosperar en el mercado laboral debido a un algoritmo que nadie controla ni puede rectificar.

La UNI Global Union cree que la propiedad colectiva de los datos, la inteligencia artificial ética y los derechos de protección de datos de los trabajadores constituyen asuntos fundamentales para los sindicatos. Tenemos que lograr que los directivos y gobiernos se comprometan a asumir la responsabilidad. Solo así podremos garantizar un ámbito laboral digital que sea inclusivo y abierto y nos empodere a todos y todas.Este artículo ha sido traducido del inglés.

El presente artículo fue publicado inicialmente por el Centro Internacional para los Derechos Sindicales (ICTUR) en su revista 

Los Registros de Enfermerí­a: Consideraciones ético-legales (Benavent Garcés y Leal Cercós)

Santiago Feliu No Comments

Profesora Titular de la E.U.E. Departament d”™Infermeria Universitat de Valí¨ncia. Responsable de las materias Legislación y í‰tica Profesional y Fundamentos de Enfermerí­a

Leal Cercós, Mª. Isabel.
Profesora Titular de la E.U.E. Departament d”™Infermeria Universitat de Valí¨ncia.
Responsable de las materias Legislación y í‰tica Profesional y Enfermerí­a Psiquiátrica.

  • Introducción
  • Análisis ético-legal de los registros desde el respeto a la dignidad humana y el derecho a la intimidad.
    • 1 Sobre el secreto profesional
    • 2. Sobre la Confidencialidad
  • Análisis ético-legal de los registros desde la consideración del principio de contribuir al desarrollo de la enfermerí­a y aceptación de la responsabilidad sobre nuestras actuaciones.
    • 1. Sobre la contribución al desarrollo disciplinar y profesional
    • 2. Sobre la aceptación de la responsabilidad sobre nuestras actuaciones
  • Conclusiones

Introducción

Abordar los aspectos ético-legales de los registros de enfermerí­a, desde la consideración de su importancia para el desarrollo profesional enfermero y como instrumentos para una atención sanitaria de calidad, supone tener en cuenta una serie de derechos y obligaciones que emanan de la legislación vigente (Constitución Española; Ley General de Sanidad y que afectan tanto, a los usuarios del sistema sanitario, como a los profesionales que trabajan en él. Además es necesario atender a los principios éticos básicos del ejercicio profesional enfermero y todo ello porque la relación que se establece entre enfermera/usuario, a nivel individual o integrado en el equipo de salud, es una relación terapéutica que exige de la enfermera profesional un comportamiento que puede etiquetarse como comportamiento práctico moral. La enfermera profesional, en su acción de cuidar, toma una serie de decisiones que repercuten positiva o negativamente sobre los usuarios de los servicios de salud.

La confidencialidad; el derecho a la intimidad; el secreto profesional entran en juego cuando se trata de valorar los registros desde una perspectiva ética y/o legal. Paralelamente deberemos considerar tres valores fundamentales en el ejercicio profesional enfermero: el respeto a la dignidad humana sin prejuicios; la defensa de la intimidad; y la aceptación de la responsabilidad propia sobre las actuaciones.

Si de lo que se trata es de reflexionar sobre la vertiente ética de los registros enfermeros, es necesario hacerlo partiendo del marco que dibujan estos valores morales y los principios éticos que los desarrollan, por tanto centraremos nuestra aportación en base a los tres principios éticos del ejercicio profesional que son:

  1. La responsabilidad moral que tenemos las enfermeras de proteger a los pacientes de prácticas ilegales, incompetentes o deshonestas,
  2. La responsabilidad sobre nuestra competencia
  3. La responsabilidad moral de contribuir al desarrollo y enriquecimiento del cuerpo de conocimientos especí­fico de la enfermerí­a.

Desde el marco que acabamos de dibujar los registros contienen, al menos, dos puntos para la reflexión ética, por un lado la información que contienen los registros que pone en marcha el derecho a la intimidad y con ello la confidencialidad y el secreto profesional que deberemos analizar a la luz del principio de respeto a la dignidad humana y defensa de la intimidad; y por otro la consideración del registro como una fuente para la investigación y por tanto necesaria para satisfacer el principio de contribuir al desarrollo de la enfermerí­a.

Análisis ético-legal de los registros desde el respeto a la dignidad humana y el derecho a la intimidad.

Dos son los aspectos a tratar: el secreto profesional y la confidencialidad. El secreto se refiere más a la exigencia ética del profesional de la salud, mientras que la confidencialidad subraya más el aspecto de la intimidad del enfermo, conocida a través de la actividad sanitaria.

A continuación trataremos algunos aspectos referidos a cada uno de ellos.

1 Sobre el secreto profesional

El profesor Diego Gracia define el secreto como: “aquello que jamás debe de trascender”.

En el texto de la profesora Pilar Arroyo encontramos definido el secreto profesional como: “el compromiso, la promesa o el pacto tácito de no divulgar lo conocido durante el desempeño de una profesión”. Elementos del secreto enfermero se consideran: la propia naturaleza de la enfermedad (mental, venérea, etc.) y las circunstancias que concurran en la enfermedad, que si se conociesen, podrí­an perjudicar al enfermo.

Es evidente que los secretos se guardan mucho mejor, cuando se accede a ellos desde un nivel de intimidad y de relación personal, que si los datos, que deben de ser custodiados en secreto, forman parte de una historia clí­nica, accesible a un número importante de personas y ponderados dentro de las deliberaciones de un equipo de trabajo. El tema está además especialmente dificultado por la incorporación del recurso informático en la praxis sanitaria.

Sin embargo, no puede perderse de vista que detrás de los datos frí­os, que son objeto de consulta, que se guardan en los archivos informáticos, hay aspectos que se refieren a la más profunda intimidad de la persona entendida por el profesor Javier Gafo como “el conjunto de contenidos que definen el núcleo del ser humano” y que han sido comunicados en el marco de una relación profesional. Es importante subrayar que el profesional de la salud, aunque sea por el deseo del usuario de “ponerse bien”, es depositario de secretos muy í­ntimos y muy guardados del ser humano que exige una respuesta de atención y respeto hacia sí­ mismo, y que obligan al secreto.

Por tanto el registro de esta información y su utilización ponen en peligro ese respeto a la dignidad humana que nos obliga a guardar el secreto profesional, ya que puede atentar contra el derecho a la intimidad. Y todo ello porque el registro permite la divulgación de ciertos datos, algunos de los cuales pueden afectar seriamente la vida de las personas, y la de sus familiares, dificultándoles seriamente la conservación y salvaguarda de su propia intimidad.

Es importante destacar la gran relevancia que, desde hace algunos años, ha ido adquiriendo la salud pública y que, sin duda, origina conflictos sobre el carácter absoluto de los secretos que los profesionales de la salud conocen en el ejercicio de su actividad o profesión. Las “enfermedades de declaración obligatoria” son el exponente más caracterí­stico de los dilemas que pueden surgir en torno al secreto profesional ya que entran o pueden entrar en conflicto con los intereses sociales defendidos desde la salud pública.

No podemos dejar de lado una pregunta obligada: ¿no se viola la intimidad, el secreto, la privacidad e incluso confidencialidad, con la exposición del cuerpo o los sentimientos desnudos de las personas ante un equipo de profesionales?.

En este sentido desde la bioética actual y como consecuencia del paradigma autonómico predominante, el beneficio individual no puede quedar subordinado al beneficio colectivo3. Esto provoca un dilema que puede enfrentar a la ética con la legislación. Reconociendo que la enfermera puede verse inmersa en el dilema el Código Deontológico de la Enfermerí­a Española, elaborado por el Consejo General de Enfermerí­a, en su primera edición recoge en el artº. 21 lo siguiente: “Cuando la enfermera/o se vea obligada a romper el secreto profesional por motivos legales, no debe olvidar que moralmente su primera preocupación, ha de ser la seguridad del paciente y procurará reducir al mí­nimo indispensable la cantidad de información revelada y el número de personas que participen en le secreto”.

A continuación en el artí­culo siguiente se recoge la objeción de conciencia lo cual deja abierta la posibilidad de otras respuestas frente al secreto.

A modo de conclusión diremos que el secreto, considerado como una obligación de los profesionales sanitarios, debe permitir salvaguardar la intimidad de las personas, pero encontramos dificultades para ello que nos sitúan frente a dilemas éticos, en los que entran en juego el beneficio individual y el beneficio colectivo; el interés por conseguir el máximo de calidad en la atención prestada y la necesidad de compartir información con los miembros del equipo. En cualquier caso y para hacer frente a estas situaciones de dilema, el profesional de enfermerí­a no debe olvidar que su primera y, quizás deberí­amos decir, única preocupación es la persona a la que cuida.

2. Sobre la Confidencialidad

La confidencialidad en el ámbito sanitario está comprendido en el artº.10. de la Ley General de Sanidad de 1986, conforme al cual los usuarios de la sanidad pública, tienen derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad y a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso. El artº.61. garantiza también el derecho del enfermo a su intimidad personal y el deber de guardar el secreto profesional “por quien en virtud de sus competencias tenga acceso a la historia del paciente”. Salvaguardando la intimidad personal que queda sustraí­da a intromisiones extrañas, evitando la intromisión y/o divulgación de la intimidad de la persona en datos concretos relativos a su salud, etc., que puedan identificar a los afectados.

El art.º18. de la Constitución Española garantiza el derecho a la intimidad de todos los ciudadanos.

En respuesta a estos derechos la Ley Orgánica de 29 octubre de 1992, regula el tratamiento informatizado de los datos de carácter personal y su protección limita el uso informatizado y de otras técnicas de recogida de datos personales para garantizar el honor, la intimidad personal y familiar de las personas fí­sicas. Entre los datos protegidos (los que hacen identificable a una persona) nos encontramos entre otros la salud y la vida sexual. Posteriormente el Real Decreto de 26 marzo 1993 de la Agenda de Protección de Datos que alcanza no sólo a los ficheros automatizados de las entidades públicas sino también las privadas.

La confidencialidad en la relación entre los profesionales y sus clientes es imprescindible, y queda plasmada en los códigos deontológicos profesionales, ya que entendemos la confidencialidad en términos de protección de comunicaciones entre personas, que se dan en ciertas relaciones especiales.

También podemos definirla como el derecho a controlar información sobre uno mismo, es pues un derecho a la autonomí­a y a la libertad personal respecto a su intimidad y privacidad. Este aspecto es, desde nuestro punto de vista, de capital importancia para la partición de los usuarios de los servicios de salud en su proceso de atención. Entendemos que la confidencialidad, tal y como ha quedado definida anteriormente, nos obliga a los sanitarios a mantener informado al paciente de todo aquello que tenga que ver con él en reconocimiento del derecho que tiene a controlar la información sobre sí­ mismo. Esta afirmación deja abierto un nuevo dilema en torno a la información que debe recibir el paciente y en que medida los registros que realizamos sobre su valoración, diagnósticos y evolución son “propiedad” del paciente y, desde esta perspectiva, cabrí­a cuestionarse la manera como llevamos a cabo los registros, su claridad, concisión y el acceso del usuario a los mismos.

La protección a que está sujeta tanto la confidencialidad como la intimidad puede entrar en conflicto con la exigencia de la seguridad publica. De nuevo nos encontramos ante situaciones en las cuales la seguridad pública y su protección, limitan la confidencialidad, sobre todo cuando nos encontramos con enfermedades de declaración obligatoria.

A modo de conclusión diremos que si el secreto señala una obligación del sanitario la confidencialidad indica un derecho del usuario por tanto podrí­amos decir que son dos caras de la misma moneda cuyo valor es la intimidad, la privacidad y el respeto a la persona a su autonomí­a y libertad.

Análisis ético-legal de los registros desde la consideración del principio de contribuir al desarrollo de la enfermerí­a y aceptación de la responsabilidad sobre nuestras actuaciones.

Nos referí­amos en la introducción a la importancia de los registros para el desarrollo profesional. Es un hecho que las disciplinas cientí­ficas consiguen su desarrollo gracias al registro, a la constatación por escrito de su desarrollo. Ya Florence Nightingale insistí­a en la necesidad de registrar, de dejar constancia de todo aquello que las enfermeras realizaran para llevar a cabo su función de cuidar, y ella dio ejemplo.

1. Sobre la contribución al desarrollo disciplinar y profesional

La enfermerí­a como disciplina profesional se desarrollará en base a la existencia de documentos a través de los cuales los profesionales dejemos constancia de todas las actividades que llevamos a cabo en el proceso de cuidar.

Si las enfermeras no registramos nuestras actuaciones, es imposible constatar que es aquello imprescindible y especí­fico que aportamos a la atención de la salud de las personas, imposibilitando el desarrollo de la disciplina enfermera y por tanto incumpliendo un principio ético profesional.

Es imposible alcanzar el nivel de profesionalización de una actividad si ésta no queda recogida en documentos que posteriormente puedan ser sometidos a análisis y contrastación.

Las enfermeras aportamos al sistema sanitario la acción de CUIDAR. El CUIDADO, por lo que tiene de cotidiano y de vinculado a lo femenino, ha permanecido al margen de la investigación y su estudio como base de la profesión enfermera se inicia a finales del s. XIX, apareciendo las primeras teorí­as y modelos enfermeros a mediados del s.XX5.

Sólo a través del registro de todo aquello que la enfermera realiza podremos transformar el conocimiento común sobre los cuidados en conocimiento cientí­fico y contribuir con ello al desarrollo disciplinar y profesional.

Pero cuando hablamos de la implicación de los registros en nuestra responsabilidad moral profesional y en el desarrollo de la disciplina, surge también la cuestión de la comunicación dentro de los equipos de atención, comunicación tanto a nivel profesional como interprofesional.

El registro favorece el desarrollo de la disciplina enfermera, pero además posibilita el intercambio de información sobre cuidados mejorando la calidad de la atención que se presta y permitiendo diferenciar la actuación propia de la del resto del equipo.

Si los registros enfermeros permiten perfilar y definir cuidados como una aportación especí­ficamente enfermera será más fácil dar cumplimiento al deber que tenemos las enfermeras de “…ampliar el cuerpo de conocimientos sobre los que se basa la actividad profesional” (artº.73.Código Deontológico de la Enfermerí­a Española.), o de “no aceptar el cumplimiento de una responsabilidad que no sea su competencia, en demérito del cumplimiento de sus propias funciones:”(artº.58 Código Deontológico de la Enfermerí­a Española).

Los registros son, pues, la base del desarrollo profesional y existe, para la enfermera, la obligación de llevarlos a cabo por cuanto que tenemos la obligación de contribuir al desarrollo disciplinar. Además, los registros, son una herramienta imprescindible para la comunicación dentro del equipo de salud y por tanto necesaria para conseguir el mayor nivel de calidad en la atención de salud.

2. Sobre la aceptación de la responsabilidad sobre nuestras actuaciones

El artº. 56 del Código Deontológico de la Enfermerí­a Española, dice que “la enfermera/o asume la responsabilidad de todas las decisiones que a nivel individual debe tomar en el ejercicio de su profesión“, por tanto las decisiones, como las consecuencias que de ellas se deriven deben quedar registradas.

Desde este principio moral profesional la ausencia de registros puede entenderse como una falta, por parte de la enfermera, que pone en cuestión si asume o no la responsabilidad de su actuación.

Desde nuestro punto de vista, el registro puede dar cobertura legal a las actuaciones profesionales pero además nos permite mostrar al resto del equipo y a la sociedad en general que la acción cuidadora la desarrollamos a través de la autonomí­a profesional.

Hablar de autonomí­a profesional significa asumir responsabilidades sobre nuestras actuaciones, permitiéndonos respetar, siempre, las áreas de competencia del resto de los miembros del equipo de salud; favorecer la colaboración y asegurar un servicio de mejor calidad.

Conclusiones

Hemos considerado importante comenzar las conclusiones con una opinión del profesor Gracia que invita a la reflexión: “la exigencia ética del secreto profesional se ha difuminado tanto que incluso puede llegar a dejar de existir”.

Consideramos:

  1. La exigencia ética de humanizar la relación con el enfermo constituye un reto para los profesionales de la Salud, y en especial para el personal de enfermerí­a,
  2. No podemos perder de vista que las confidencias hechas, han sido en virtud de nuestra profesión y con fines curativos, y por tanto han de ser inviolables como salvaguarda de los Derechos Humanos.
  3. Los registros desde la perspectiva ética tienen que ver con:
    1. el derecho de los usuarios a tener una información por escrito de todas las acciones que llevamos a cabo,
    2. el derecho de los usuarios a la intimidad, confidencialidad
    3. el secreto profesional
    4. la obligación que tenemos las enfermeras de llevar a cabo nuestro trabajo desde la autonomí­a profesional
    5. la obligación de asumir la responsabilidad de nuestras acciones
    6. la obligación de contribuir al desarrollo profesional.

Referencias bibliográficas.

Arroyo Gordo, M.P; et al.(1997). í‰tica y Legislación en Enfermerí­a. Ed. Interamericana.Mc Graw-Hill, Madrid

Gafo,J.(1994). í‰tica y legislación en Enfermerí­a. Ed. Universitas, Madrid.

Gracia, D. (1989). Fundamentos de Bioética. Ed. Eudema S.A.Madrid.

Nightingale, F. (1990). Notas sobre enfermerí­a, qué es y qué no es. Ed. Salvat, Barcelona.

Marriner Tomey, A. (1994). Modelos y Teorias en Enfermerí­a. 3 ed. Ed. Mosby Doyma, Madrid.

Otros textos.

López, A; Montes, V.L. (1992). Derecho Civil: Parte General. Ed. Tirant lo Blanc Derecho, Valencia.

Pastor Garcí­a, L.M; León Correa, F.J. (1997). Manual de í‰tica y Legislación en Enfermerí­a. Ed. Mosby, Madrid.

Código Deontológico de la Enfermerí­a Española (1989). Consejo General de Enfermerí­a.

(El texto recoge la aportación de las autoras a las Mesa Aspectos í‰tico Legales de los registros de enfermerí­a, celebrada en el marco de la I Trobada d”™Infermeria Comunití ria. Asociación de Enfermerí­a Comunitaria Valencia, celebrada en Valencia en Octubre de 1998. Publicado en CB Nº 41,º 1º 2000.)

LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA EMPRESA. EL ROL DEL ENFERMERO LABORAL

Santiago Feliu No Comments

Objetivos y resumen: Esta investigación se basa en el trabajo conjunto de la Cátedra Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CYMAT) – Carrera de Relaciones del Trabajo y la Asociación de Enfermería de la Capital Federal (AECAF)). El objetivo es analizar las relaciones entre las condiciones de trabajo y salud de los enfermeros laborales y la calidad de las acciones de prevención que realizan en la empresa.La Ley 19587, Dec. 351/79 (modificada en 1996), establece la obligación de contar con un enfermero/a con título habilitante, por turno de trabajo, para atender la salud ocupacional, a todo establecimiento que emplee como mínimo 200 trabajadores en tareas operativas, o 400 trabajadores en tareas equivalentes. Se establece la carga horaria para médicos laborales y enfermeros/as, la implementación de Servicios de Medicina Laboral en relación con la cantidad de trabajadores empleados en los establecimientos.La bibliografía no contempla la particular situación de estos profesionales: su lugar de trabajo no es un establecimiento asistencial, sino una empresa industrial, un establecimiento comercial o educativo, donde deben cumplir las funciones asistenciales y de prevención de la salud al mismo tiempo que se ven sometidos a exigencias y factores de riesgos propios del ámbito laboral, particularmente en los aspectos psicosociales.

La hipótesis central es que existen conflictos y contradicciones entre las lógicas de atención y cuidado de la salud, propias de su formación, con las lógicas empresariales, que condicionan y restringen fuertemente las posibilidades de organizar y promover adecuadas estrategias de prevención y control de los factores de riesgo que ocasionan enfermedades y accidentes en el ámbito laboral.

La organización del trabajo de las empresas determina la duración y configuración de la jornada, la supervisión, el control, el contenido de la tarea de los enfermeros y enfermeras y su relación con el médico laboral. El aumento de las exigencias laborales, la flexibilización y formas de contratación precarias, aumentan las situaciones de tensión y demandas de contención en los ámbitos de trabajo.

Fuente : conicet